Como ya hemos comentado en publicaciones anteriores la bandera de España simboliza la nación y por ello tiene una especial atención todo lo referente a ella. Hoy vamos a hablar de la normativa que la regula, así como del uso y medidas de la bandera de España.
Legislación de la bandera de España
Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos (BOE núm. 156, de 1 de julio de 1977)
Artículo 4.1 de la Constitución Española de 1978.
Real Decreto 441/1981, de 27 de febrero, por el que se especifican técnicamente los colores de la Bandera de España (BOE núm. 64, de 16 de marzo).
Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas (BOE núm. 271, de 12 de noviembre)
Medidas oficiales de la bandera de España
La bandera nacional está compuesta por tres franjas horizontales, roja, gualda y roja, la gualda de doble anchura que las rojas.
Medidas de la bandera de España:
Largo de la bandera: 3/2 de a.
Ancho de la bandera: a.
Aplicación de la bandera de España para buques y embarcaciones de recreo
En un post anterior ya hemos tratado las banderas obligatorias en barcos[1] , pero según el Reglamento de banderas del 77 las medidas son:
Largo de la bandera: 3/2 de a.
Ancho de la bandera: a.
Altura de la corona: 1/6 de a.
Anchura de la corona: 1/2 de a.
Tamaños de las banderas de España según la legislación consolidada
El Real Decreto 1511/1977 dice que las banderas descritas en las reglas anteriores y cuyas medidas no vienen especificadas particularmente tendrán las correspondientes a los siguientes tipos:
Tipos | Largo – Milímetros | Ancho – Milímetros |
1 | 6.640 | 4.430 |
2 | 4.110 | 2.740 |
3 | 3.240 | 2.160 |
4 | 1.500 | 1.000 |
5 | 750 | 500 |
Tamaño de banderas en edificios del Estado o a su servicio.
Los edificios al servicio del Estado y los militares izarán las banderas proporcionados a las alturas de las edificaciones:
Altura del edificio | Tipo de bandera |
Superior a 25 metros | 2 |
Entre 10 y 25 metros | 3 |
Inferior a 10 metros | 4 |
Todos los edificios militares, cualquiera que fuere su altura estarán dotados además de la bandera tipo 4 para ser izada en días de mal tiempo.
En aquellos establecimientos en que la bandera se iza en mástil fijo a tierra se adoptará el tipo número 3.
Uso del Escudo de España en la bandera
En la franja amarilla se podrá incorporar, en la forma que reglamentariamente se señale, el escudo de España. Pero hay que tener en cuenta que no existe un escudo constitucional, sino una bandera constitucional (la bandera sin escudo), ya que el Escudo de España no aparece en la Constitución, sino en una ley posterior (Ley 33/1981 y Real Decreto 2964/1981 en la que se especifica la posición del escudo en la bandera).
La incorporación del escudo de España en la bandera solo es obligatoria en los casos previstos reglamentariamente:
- Las banderas que ondeen en el exterior o se exhiban en el interior de las sedes de los órganos constitucionales del Estado.
- Los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado.
- Los edificios públicos militares y los acuartelamientos, buques, aeronaves y cualesquiera otros establecimientos de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad del Estado, así como de las unidades de ambas Fuerzas con derecho al uso de la Bandera.
- Los locales de las misiones diplomáticas y de las oficinas consulares, las residencias de sus Jefes y, en su caso, sus medios de transporte oficial.
El escudo tendrá una altura de dos quintos de la anchura de la bandera y figurará en ambas caras de esta en el centro de la franja amarilla.
Cuando la bandera tenga la proporción normal, de longitud igual a 3/2 de la anchura, el eje del escudo se colocará a una distancia de la vaina de media anchura de la bandera. Si la longitud es menor a la normal o la bandera tuviera la forma cuadrada, el escudo se situará en el centro de la bandera.
Sí, sabemos que toda esta información puede ser algo compleja, pero en Banderas Puerta del Hierro llevamos fabricando banderas de España desde 1990, así que tú no te tendrás que preocupar de nada. Tan solo envíanos un e-mail a pedidos@banderasphonline.com explicándonos tus necesidades. Te aconsejaremos la solución que mejor se adapte. O si lo prefieres puedes directamente comprar bandera de España exterior o interior.